TASA MÍNIMA DE TRIBUTACIÓN: ¿IMPACTO CONTABLE O FISCAL? |
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) publicó el Concepto No. 0089 del 2024, en el cual absolvió la siguiente duda sobre el reconocimiento contable de la tasa mínima de tributación:
¿Cómo se contabiliza la tasa mínima de tributación o es un valor que sólo tiene incidencia fiscal y no contable?
El CTCP afirmó que el parágrafo 6 del artículo 240 del Estatuto Tributario (E.T.) que estableció la tasa mínima, se refiere a un tema de índole fiscal, por lo que el alcance contable se limita a las cifras registradas en la contabilidad y que podrán ayudar en el cálculo de dicha tasa más no el reconocimiento dentro de la contabilidad.
En todo caso, cuando en el cálculo del impuesto de renta resulte que la tasa mínima de tributación sea superior al impuesto depurado, habrá lugar a contabilizar un gasto por impuesto de renta contra su correspondiente pasivo por impuestos.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Concepto No. 0089 del 2024 – CTCP
Fuente: Instituto Nacional de Contadores Públicos. (03 de mayo de 2024). Recuperado de https://incp.org.co/publicaciones/infoincp-publicaciones/2024/05/tasa-minima-de-tributacion-impacto-contable-o-fiscal/